Catálogo de Inspectores, Verificadores o Visitadores Domiciliarios
Secretaría de Hacienda / Direccion General de Bebidas Alcoholicas /
LIC. NUBIA GUADALUPE GAMEZ VALENZUELA
Cargo del Servidor Público: OPERATIVO Y/O TECNICO
Fecha de Entrada: 25/01/2022
Puesto Funcional: INSPECTOR FISCAL
Dependencia: Secretaría de Hacienda
Unidad Administrativa: Direccion General de Bebidas Alcoholicas
Departamento:
Número de Empleado: 43039
Nivel: 5I / CONFIANZA
Escolaridad:
DERECHO / Licenciatura / NO APLICA
Semblanza: EGRESADA DE LA UNIVERSIDAD DURANGO SANTANDER, CAMPUS CIUDAD OBREGÓN, SONORA, DE LA LICENCIATURA EN DERECHO. ESTUVE COMO MERITORIA EN LA AGENCIA PRIMERA DE QUERELLAS EN LA FISCALIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, EN EL PERIODO DE AGOSTO DEL AÑO 2016 A MARZO DEL AÑO 2021.
Contacto:
Teléfono: 6621084014Ext. 0
Correo Electrónico: direcciondgba@haciendasonora.gob.mx
Ubicación:
Datos de Inspector, verificador y/o visitador
Fecha de vigencia del nombramiento: 17/02/2022
Presentar una Queja Descarga el nombramiento Descarga Ficha de Inspector
Inspecciones, Verificaciones o Vistas Domiliciarias
Ir a la página de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Objetivo: Supervisar la correcta operación de las licencias destinadas a la distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, atender denuncias dando seguimiento, turnando al área correspondiente, así mismo coordinar trabajo de inspección en conjunto con las subdirecciones de alcoholes
Tipo de Sanción: Multa equivalente de catorce a ciento cuarenta UMAS y actualización o arresto por 24 horas , según las circunstancias que medien
Tipo de Modalidad: Visita
Sujeto Obligado: Direccion General de Bebidas Alcoholicas
Tipo de Actividad: Inspección
Requerimientos: 1.- Copia certificada de licencia de alcoholes o en su caso la licencia original de alcoholes 2.- Copia de RFC
3.- Copia de REC
4.- contrato de comodato
5.- Comprobante de documento de revalidación o canje según el trámite que corresponda por el año fiscal
Procedimientos: 1.- Inspector recibe bitácora con visitas ya planificadas. 2.- Se integran los equipos de trabajo.
3.- Se verifica que cada inspector cuente con su videocámara.
Tiempo Aproximado: 30 minutos
Criterios de Aplicabilidad: Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales en los establecimientos autorizados para la venta y/o consumo de bebidas con contenido alcohólico las cuales cumplen con las características y normas definidas
Periocidad: La programación de visitas (bitácora) se elabora mediante previo análisis del padrón registrado
Lugar de Inspección: Establecimientos destinados a la fabricación, embasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el estado de sonora
Derechos Sujeto Obligado:
- Derecho A Ser Informado Y Asistido Por La Autoridad Hacendaria En El Cumplimiento De Sus Obligaciones, Así Como Del Contenido Y Alcance De Las Mismas.
- derecho a conocer el estado en que guardan los trámites y procedimientos en los que sea parte ante la DGAB.
- Derecho a conocer la identidad del personal actuante en las diligencias que se llevan a cabo por parte de la autoridad fiscal
- Ley 82.Cap.Iv de las obligaciones y prohibiciones / Art. 14 Bis
Obligaciones Sujeto Obligado:
- no vender bebidas alcohólicas que estén adulteradas, contaminadas o alteradas, en los términos de las disposiciones de salud aplicables.
- la ley 82 cap.iv de las obligaciones y prohibiciones. art. 14
Atribuciones Inspector:
- ley 82 que regula la operación y funcionamiento de establecimientos destinados a la fabricación, embasamiento, distribución, cap.viii de las visitas de inspección y vigilancia /art. 67, art. 68
Obligaciones Inspector:
- .- Elaborar acta de inspección narrando el resultado de la diligencia y expone documento ante videocámara
Fundamentos Legales:
- Ley 82 LEY QUE REGULA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DESTINADOS A LA FABRICACIÓN, ENVASAMIENTO, DISTRIBUCIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTACIÓN, VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO EN EL ESTADO DE SONORA. ARTICULO 10 Y 11, CAPITULO V
Formatos Asociados:
Regulaciones Sujeto Obligado: