Catálogo de Inspectores, Verificadores o Visitadores Domiciliarios
Secretaría de Hacienda / Coordinacion Ejecutiva de Auditoria Fiscal /

LIC. MARIA JESUS MONTAÑO VEGA
Cargo del Servidor Público: JEFE DE DEPARTAMENTO
Fecha de Entrada: 10/09/2023
Puesto Funcional: COORDINADOR FISCAL
Dependencia: Secretaría de Hacienda
Unidad Administrativa: Coordinacion Ejecutiva de Auditoria Fiscal
Departamento:
Número de Empleado: 45402
Nivel: 9C / CONFIANZA
Escolaridad:
CONTADOR PUBLICO / Licenciatura / SIN CEDULA
Semblanza: ME DESEMPEÑE COMO CONTADOR GENERAL EN LA INICIATIVA PRIVADA, REALIZANDO ACTIVIDADES DE REGISTRO, CONTROL Y ARCHIVO DE OPERACIONES CONTABLES, ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS COMO SUPERVISION Y CONTROL DE CARTERA DE CLIENTES, MANEJO DE PERSONAL, Y EN EL AREA FISCAL CALCULO, PRESENTACION Y PAGO DE IMPUESTOS; POSTERIORMENTE INGRESE AL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA COMO AUDITOR FISCAL, EFECTUANDO VISITAS DOMICILIARIAS Y REVISIONES DE GABINETE A LOS CONTRIBUYENTES A FIN DE VERIFICAR EL CORRECTO CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, CONFORME A NORMATIVIDAD APLICABLE Y DISPOSICIONES FISCALES VIGENTES, LLEVANDO A CABO PLANEACION DE LA AUDITORIA, ANALISIS DE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR LOS CONTRIBUYENTES, ASI COMO DE TERCEROS RELACIONADOS U OTRAS AUTORIDADES, CONSULTA A LAS BASES DE DATOS INSTITUCIONALES PARA OBTENCION DE INFORMACION, ASI COMO NOTIFICACIONES DIVERSAS, ENTRE OTRAS.
Contacto:
Teléfono: 6621084013Ext.
Correo Electrónico: quejasysugerenciasceaf@haciendasonora.gob.mx
Ubicación:
Datos de Inspector, verificador y/o visitador
Fecha de vigencia del nombramiento: 16/09/2023
Presentar una Queja Descarga el nombramiento Descarga Ficha de Inspector
Inspecciones, Verificaciones o Vistas Domiliciarias
Ir a la página de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Objetivo: Dar cumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales. Dar cumplimiento a lo indicado en el Articulo 42 del Código Fiscal de la Federación y al Artículo 53 del Código Fiscal del Estado de Sonora.
Tipo de Sanción: Las establecidas en los artículos 82, 84 y 86 del Código Fiscal de la Federación
Tipo de Modalidad: Verificación
Sujeto Obligado: Coordinacion Ejecutiva de Auditoria Fiscal
Tipo de Actividad: Visita domiciliaria
Requerimientos: Los libros y registros que formen parte de su contabilidad, así como los diagramas y el diseño del sistema de registro electrónico en su caso
Procedimientos: Entrega del oficio por medio de Acta Parcial de Inicio, previo citatorio si es necesario, asi co
mo el requerimiento de informacion y documentación para su entrega inmediata, así como la información y documentación para su entrega posterior
Tiempo Aproximado: 6 Horas
Criterios de Aplicabilidad: Comprobar que los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales.
Periocidad: Indefinida
Lugar de Inspección: Documentación contable de personas fisicas o morales que se encuentren dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y/o el Padrón Estatal de Contribuyentes
Derechos Sujeto Obligado:
- Derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; derecho a conocer la identidad de las autoridades responsables de la visita domiciliaria;
- derecho a obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas por el contribuyente, previo el pago de los derechos que en su caso
- establezca la Ley; derecho a no aportar los documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad fiscal actuante; derecho al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes que de los contribuyentes y terceros con ellos relacionados,.
Obligaciones Sujeto Obligado:
- Los visitados, sus representantes o la persona con quien se entienda la visita en el domicilio fiscal, están obligados a permitir a los visitadores designados por las autoridades fiscales
- acceso al lugar o lugares objeto de la misma, así como mantener a su disposición la contabilidad y demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales , asi como permitir la verificación de los documentos,
- la verificación de los documentos, estados de cuentas bancarias, discos, cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos que tenga el contribuyente en los lugares visitados.
Atribuciones Inspector:
- Revisar contabilidad del contribuyente, responsable solidario o tercero, sujeto a visita domiciliaria, para su presentación inmediata al tratarse de los libros y registros que formen parte de su contabilidad
- así como los diagramas y el diseño del sistema de registro electrónico, en su caso; para su presentación, asi como para su entrega posterior tratándose de documentos que sean de los que deba tener en su poder el contribuyente
- valorar los documentos o informes obtenidos de terceros en el desarrollo de la visita, así como de los documentos, libros o registros que presente el contribuyente dentro del plazo entre la Ultima Acta Parcial y el Acta Final para desvirtuar.
Obligaciones Inspector:
- Los visitados, sus representantes o la persona con quien se entienda la visita en el domicilio fiscal, están obligados a permitir a los visitadores designados por las autoridades fiscales el acceso al lugar o lugares objeto de la mism
- así como mantener a su disposición la contabilidad y demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales , asi como permitir la verificación de los documentos
Fundamentos Legales:
- CODIGO FISCAL DEL ESTADO DE SONORA Articulo 45
Formatos Asociados:
Regulaciones Sujeto Obligado:
- CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: Artículo 57