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Catálogo de Inspecciones, Verificaciones o Visitas Domiciliarias

Secretaría de Agricultura Ganadería Recursos Hidraulicos Pesca y Acuacultura / DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA /

Homoclave: SON-SAGARHPA-82-0244-ACE

Dependencia: Secretaría de Agricultura Ganadería Recursos Hidraulicos Pesca y Acuacultura

Guía de tránsito.

Objetivo: Llevar a cabo una revisión detallada del permiso para así verificar su vigencia (fecha de inicio y vencimiento), con el fin de dar cumplimiento a las fechas dispuestas por la normatividad y evitar la circulación de permisos que no estén en orden.

Tipo de Modalidad: Visita por solicitud de requerimiento

Tipo de Actividad: Inspección

Tipo de Sanción: Dependiendo de la gravedad de la infracción y en apego a la Ley de Pesca y Acuicultura del Estado de Sonora en su artículo 158.- fracción I, II, III, IV, V.

Tiempo Aproximado: Dependerá del tipo de trámite a inspeccionar.

Periodicidad: Pueden ser calendarizadas o por denuncia.

Requisitos o documentos que necesita presentar el particular: La persona con quien se entienda la diligencia deberá permitir al personal verificador el acceso al lugar sujeto a inspección y proporcionarle la información que conduzca a la verificación del cumplimiento de esta ley y demás disposiciones aplicables, con excepción de lo relativo a derechos de propiedad industrial que sean confidenciales conforme a la ley en la materia.

Procedimiento para realizar durante la inspección: 1.El personal verificador deberá contar con la orden de verificación o inspección escrita expedida por Secretaría. 2.Al llegar al lugar de la inspección, el verificador se identificará debidamente con la persona con quien se entienda la diligencia exhibiendo credencial vigente que lo acredite para realizar visitas de inspección en la materia, explicando al diligenciado que iniciará la videograbación. 3.El verificador requerirá con quien se entienda la diligencia para que designe a dos testigos.

Motivo, criterio de Aplicabilidad: Regular las actividades de pesca y/o acuacultura en el Estado de Sonora.

Sanciones que pudieran derivar : Sujeto.

Derechos del Sujeto Obligado:

  • Contra las resoluciones definitivas dictadas por la Secretaría en los procedimientos administrativos instaurados con motivo de la aplicación de esta ley, su reglamento y demás disposiciones que de ellos se deriven.

Sujeto Obligado: DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA

Obligaciones del Sujeto Obligado:

  • En cumplimiento a la Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora en su artículo 112,113 y 114.

Facultades del Inspector:

  • Ley de Pesca y Acuicultura para el Estado de Sonora.

Obligaciones del Inspector:

  • Realizar acciones de prevención, inspección y vigilancia en los embalses del Estado, así como verificar instalaciones, embarcaciones, vehículos transportadores, permisionarios y acuicultores en general.

Fundamento Jurídico:

Formatos Asociados:

Formatos Asociados:

Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado: