Catálogo de Inspectores, Verificadores o Visitadores Domiciliarios
Secretaría de Gobierno / Dirección General de Notarías /

LIC. María de los Ángeles Espino Soto
Cargo del Servidor Público: OPERATIVO Y/O TECNICO
Fecha de Entrada: 01/01/2016
Puesto Funcional: Abogado
Dependencia: Secretaría de Gobierno
Unidad Administrativa: Dirección General de Notarías
Departamento:
Número de Empleado: 82952
Nivel: 7I / CONFIANZA
Escolaridad:
Licenciatura en Derecho / Licenciatura / ND
Semblanza: Licenciada en Derecho por la Universidad de Sonora, actualmente se desempeña como abogada y asesora jurídica en la Dirección General de Notarias del Estado de Sonora, ha sido coordinadora jurídica en la Dirección General de Concertación Agraria, anteriormente se desempeñó como Coordinadora del Área Jurídica de la Dirección General del Registro Civil en el Estado; realizó labores de secretaria auxiliar en el juzgado tercero mercantil del Poder Judicial del Estado de Sonora.
Contacto:
Teléfono: 6622174590Ext.
Correo Electrónico: maria.espino@sonora.gob.mx
Ubicación:
Datos de Inspector, verificador y/o visitador
Fecha de vigencia del nombramiento: 12/09/2027
Presentar una Queja Descarga el nombramiento Descarga Ficha de Inspector
Inspecciones, Verificaciones o Vistas Domiliciarias
Ir a la página de la inspección, verificación o visita domiciliaria
Objetivo: Verificar el cumplimiento a la Ley del Notariado, a través de visitas de inspección.
Tipo de Sanción: Amonestación por escrito, multa, suspensión y o retiro de patente
Tipo de Modalidad: Inspección y Verificación
Sujeto Obligado: Dirección General de Notarías
Tipo de Actividad: Inspección
Requerimientos: Escrito de queja en donde se venga señalando tiempo, lugar y forma en que el notario haya cometido la irregularidad. Si es procedente admitir la queja y es necesario la inspección del documento se realizará una visita especial.
Procedimientos: El visitador deberá identificarse y entregar su oficio de comisión. Si la visita fuere general revisará todo e protocolo a partir del ultimo instrumento revisado anteriormente. Si la visita fuere especial se concretará solo en el instrumento determinado.
Tiempo Aproximado: 3 horas
Criterios de Aplicabilidad: Verificación de que los instrumentos notariales se realicen conforme a la normativa
Periocidad: 1 año o cada vez que se presente queja que requiera inspeccionar la escritura
Lugar de Inspección: Escrituras públicas
Derechos Sujeto Obligado:
- Deberá ser informado de la visita mediante oficio fundado y motivado, señalando fecha y hora de la misma. Así mismo indicar si se trata de una visita general o especial.
Obligaciones Sujeto Obligado:
- Proporcionar todas las facilidades necesarias para el desempeño de sus funciones
Atribuciones Inspector:
- Levantará acta señalando las observaciones que observe, o bien, que se está cumpliendo con las prevenciones aplicables
Obligaciones Inspector:
- Tendrá respecto de los hechos y actos que presencie y las circunstancias de los mismos, la obligación del secreto profesional que esta ley impone al notario.
Fundamentos Legales:
- Ley del Notariado del Estado de Sonora Articulo 16 fracción XI, 21, 22 y 23
- Ley del Procedimiento Administrativo para el Estado de Sonora supletoria a la Ley del Notariado para el
Formatos Asociados:
Regulaciones Sujeto Obligado: